DISPOSICION FINAL PRIMERA
En los casos que por su dudosa índole o interpretación no pudieran ser juzgados por el
articulado de estas Normas, el Juez Unico de Competición y Disciplina queda facultado para
fallar sobre los mismos, según su leal saber y entender.
DISPOSICION FINAL SEGUNDA
El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su aprobación definitiva
por la Dirección General de Deportes de Comunidad Autónoma de Madrid, previa su
aprobación por la Comisión Delegada de la Asamblea General de la Federación Madrileña de
Fútbol Sala.
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